Poner cámaras en el portal, el garaje o los trasteros es una de las peticiones más habituales en las juntas de vecinos. Se puede hacer, pero con unas reglas claras: lo decide la Junta, se graba solo lo necesario y las imágenes no se guardan más de un mes.
Este es el resumen práctico de lo que exigen la Ley de Propiedad Horizontal y la normativa de protección de datos, para que la instalación no acabe en una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
1. Lo tiene que aprobar la Junta
Instalar un sistema de videovigilancia en las zonas comunes es un servicio común de vigilancia, y la Ley de Propiedad Horizontal (art. 17.3) exige el voto favorable de tres quintas partes de los propietarios, que a su vez representen tres quintas partes de las cuotas. El acuerdo debe quedar en el acta, con quién podrá ver las imágenes.
2. Qué se puede grabar y qué no
- Sí: portal, vestíbulo, garaje, trasteros, ascensores por fuera y otras zonas comunes.
- No: el interior de las viviendas, los rellanos enfocando a una puerta concreta, ni la vía pública más allá de lo imprescindible para vigilar la entrada.
- Nada de audio: grabar conversaciones es mucho más invasivo y no está justificado en una comunidad.
3. Cartel y derecho de información
En cada acceso a la zona vigilada tiene que haber un cartel informativo visible que diga que hay cámaras, quién es el responsable (la comunidad) y dónde ejercer los derechos. La AEPD tiene un modelo de cartel en su web.
4. Un mes como máximo
Las imágenes se borran como máximo a los 30 días, salvo que haya que conservarlas porque registran un delito o un incidente, en cuyo caso se entregan a la policía o al juzgado. El acceso a las grabaciones tiene que estar limitado al presidente, al administrador o a quien diga el acuerdo.
5. Si lo instala una empresa
La empresa que guarda o gestiona las imágenes es encargada del tratamiento, y la comunidad tiene que firmar con ella un contrato que lo recoja. Con una grabación en la nube, además, nadie se puede llevar el grabador del cuarto de contadores.
| Concepto | Precio orientativo |
|---|---|
| Videovigilancia en la nube, por cámara | 15 €/mes + IVA, con 30 días de grabación |
| Pack de 4 cámaras (portal y garaje) | 49 €/mes + IVA |
| Instalación | Desde 150 € + IVA |
Te ayudamos con el texto del acuerdo para la Junta, el cartel y el contrato de encargado. Más información en videovigilancia en la nube.
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Te ayudamos con el acuerdo, el cartel y la instalación. Desde 15 € por cámara al mes + IVA.
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